Sobre DDHH (I'M NOT A SAINT)
Impronta de la colonialidad del Poder en el Marco Jurídico. Reflexiones. Asignación socializar sus reflexiones y perspectivas o posibilidades de acción (500 a 1000 palabras). Asignación para Uneartes-Lara: Rosa Elena Mujica. Docente. PNFA OC3- Marcos Legales.
Foto - Texto: alsosprachlucy
La Cultura forma parte del individuo y forma parte de un colectivo, así como también la cultura universal y sus diferencias, destaca en élites, separación de estas y brechas donde la cultura señala la igualdad y no discriminación.
Responder a una vía cultural es
necesaria por intereses que sobrepasan lo individual por los intereses macros,
generales o colectivos, por lo que el entorno y modos impuestos por
estadísticas de población que basa su cultura sin análisis de fundamentos
históricos, cultivados en recursos expresivos y medios massmedia, caracterizan
a un interés que no tiene fundamento o conocimiento expresando que podría ser
que haya una incultura, apolítica o deseconomía.
La colonialidad del Poder en el
Marco Jurídico refiere en este contexto citando las lecturas recomendadas
sobre: Pacto de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, de la Comisión Presidencial Coordinadora de
la Política del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos – COPREDEH – Guatemala
del año 2011, adoptado por la Asamblea General de Naciones Unidas,
mediante la resolución 2200 (XXI) de 16 de diciembre de 1966, Tratado
Multilateral General, que establece mecanismos para la protección de la
población y para que los Estados realicen acciones hacia el respeto de sus
derechos, donde Guatemala debe alcanzar el cumplimiento de los Derechos.
Por otro lado, haciendo
referencia que en Venezuela, “La
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del año 1.999 refiere al
Derecho cultural en sus artículos 98,99 y 100 al incorporar la Cultura Popular
como un valor cultural y consagra su protección especial a la creación de los
artistas, científicos y sabios, acogiendo el concepto de la Organización de las
Naciones Unidas para la Ciencia y la Cultura, UNESCO, como valores culturales,
de libertad creadora. Ésta se fundó en 1945 y Venezuela se unió en 1946, esta
información son datos recabados por el buscador de Google, para la fecha 05 de
noviembre de 2023”. Por lo que se podría considerar ya hay una dependencia.
Citado en texto sobre Enfoque de Derechos Culturales que corresponde a la fecha
05 de noviembre de 2023 de Lucy González presentado para Uneartes PNFA MPC-OC3.
En el caso de dicho Pacto citado, de Guatemala, los proyectos recabados en
sus artículos fueron presentados a la Asamblea General de Naciones Unidas para
el debate en 1954, y se aprobó en 1966.
¿Qué tanto se
reconoce los principios de un Pacto que distingue también a sus miembros para
describir estos derechos otorgados con permiso?
En este aspecto refiere el artículo 1 del Pacto, la Libre determinación de
los Pueblos, sobre la condición política, el ejercicio de sus derechos
ciudadanos a participar de la toma de decisiones que les conciernen y/o afectan
a poder participar sobre la elección de sus propias autoridades. Así como Administrar su desarrollo económico,
es decir a tener acceso a la economía, al empleo y poder administrar de manera
autónoma sus finanzas.
A gestionar y disponer de sus propios recursos. Esto incluye los recursos
materiales que disponen pero también aquellos recursos naturales y culturales
que ancestralmente les pertenecen a: (Colectividad-Pueblo).
También el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT
sobre Pueblos Indígenas y Tribales de 1989, y en numerosas resoluciones de la
Asamblea General de la ONU. Se cita en el Pacto 1514 (XV), 1541 (XV) ó 2625
(XXV), este principio. Citado en contexto.
Para 2007, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en Nueva York,
la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los Pueblos
Indígenas, aprobada en 13 de septiembre.
La Colionialidad sumando también desde el punto de la
lectura del texto ¿A favor o en Contra de los Derechos Culturales.
Ediciones Unesco de 2001. Los Derechos Humanos en Perspectivas, refiere en la Cultura como Capital,
definiendo una Cultura Universal con “demasiada frecuencia una cultura
Occidental”, impuesta a escala mundial a través de “prácticas hegemónicas de
las potencias occidentales, desde la época del colonialismo… Es cierto que los
esfuerzos de la UNESCO por universalizar el patrimonio cultural de la humanidad,
se apartan de la tradición eurocentrista”.
Sobre Civilización Universal se hace referencia en la “Cultura de Davos”,
donde se alude “al Foro Económico Mundial Organizado cada año en Suiza por las
élites financieras del mundo occidental”, también se refiere al encarcelamiento
de artistas o autores por regímenes autoritarios, en el capítulo de la Cultura
como Creatividad, dentro del contexto señalado por Unesco.
Sobre lo referido en el Pacto aprobado y adoptado por la Asamblea General
de las Naciones Unidas en 1966, que determina las concepciones entendidas de
cómo justificar las salidas expresadas a través de una etiqueta de “Derechos
Humanos”, y que vienen con directrices donde también se apoya el genocidio, ya
que se declara en la Convención para la Prevención y la sanción de
Genocidio, adoptada en 1948, según
texto de la Unesco que se trata de un delito de derecho internacional cuando se
perpetran determinados actos “con la intención de destituir, total o
parcialmente a un grupo nacional, Étnico, racial o religioso como tal, además
del hecho mismo de matar a personas, estos actos comprenden “la lesión grave a
la integridad física o mental de miembros del grupo, lo que debe considerarse
el más fundamental de todos los derechos culturales”.
¿Dónde quedan estos derechos
cuando no forman parte de instancias internacionales?
Además se corresponde las brechas lingüísticas como otro elemento de
retórica del derecho de un pueblo. Y éste está contemplado en la Declaración de
Argel que se refiere al derecho de los pueblos minoritarios al respecto de su
identidad, sus tradiciones, su idioma y su patrimonio cultural.
Para hablar de una descolonización de la colonialidad hay que entender la
colonialidad y los resultados o fundamentos culturales expresados por
principios políticos, considerados por posiciones fundamentadas en guerras
expresadas sin explicación, más que ir a los fundamentos históricos para
comprender el Por qué de las mismas, aunque los objetivos basados en estas
políticas no respetan la decisión o derecho propio por no haber una libertad,
ya que siempre está sujeta a derecho.
Los medios de comunicación, massmedia, recursos artísticos, expresiones,
manifiestan y están sujetas a estos principios, por lo que no sólo se considera
el modo político, cultural y además económico entendido en poder. ¿Cómo
responder a una realidad comunicativa en base a un control o descontrol de un
sistema que analiza los modelos de principios de derechos para una sociedad,
colectivo basado en justificación de leyes?, sin tratarse de
recurrir a lo básico de un sistema donde no le preguntaron o le consultaron a
todo el mundo.
La media debe contestar a esto,
en Venezuela, aún desde las bases se estudian políticas pero no responde a una
participación total, a pesar que se busca un nuevo estilo progresista no por moda
para opacar otras generaciones, que también tuvieron voz o no la tuvieron y
pasaron años para mantener una respuesta que responda a los planteamientos de que
El Estado busca desprender, una independencia aún buscada.
Sobre esta reflexión una
alternativa sería responder a los media massmedia de acuerdo a las diversas
vertientes expresivas de artistas y autores como debe ser merecido, aunque ésta
recrudezca la violencia que tendrá que ser fundamentada a través de la
educación, con legislaciones que no opriman o coarten sino que coadyuven a un
mejor país siendo también ésta entendida como nación ejemplo de naciones dentro
de este mundo globalizado del siglo XXI.
El estudio económico, basado en
fundamentos históricos que respondan a los cambios requeridos que respondan la
unión del continente o naciones.
La alternativa de doctrinas
políticas e ideológicas con certezas de “un mundo mejor es posible” o “no
cambiemos el clima, cambiemos el sistema” para su análisis y estudio profundo
que responda el presente con miras hacia el futuro.
Las justificaciones quedaran
reglamentadas en leyes o ejecútese del Poder que como Gobierno ejerce en una
nación y deben ser sustentadas siempre en base a los intereses de los pueblos,
con o sin participación activa en el sistema social, respondiendo a los más
necesitados con un sistema justo que no disfrace los Derechos Humanos o
Derechos Económicos, Sociales (Políticos) y Culturales.
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